Evaluación Docente y Portafolio

de Sistema de Reconocimiento

Introducción a los sistemas evaluativos

En el sistema educativo chileno, coexisten dos sistemas de evaluación de la docencia en los que participan profesionales de la educación que cumplen ciertos requisitos, dependiendo del tipo de establecimiento en el que ejercen. A continuación se presentan ambos sistemas presentando sus principales similitudes y diferencias.

Evaluación Docente

Regulado en el artículo 70 del DFL N° 1 de 1996, del Ministerio de Educación (Estatuto Docente), que crea la Evaluación del Desempeño Profesional Docente.

En él, participan obligatoriamente los y las docentes y educadores/as pertenecientes a establecimientos municipales y de servicios locales de educación pública.

Considera cuatro instrumentos de evaluación:

  1. Portafolio
  2. Autoevaluación
  3. Evaluación por Par
  4. Informe de Referencia de Terceros

Sus resultados se expresan en niveles de desempeño:

  1. Destacado
  2. Competente
  3. Básico
  4. Insatisfactorio

Cada docente o educador/a debe rendir los cuatro instrumentos cada cuatro años, salvo excepciones dispuestas en la normativa asociadas al resultado obtenido como nivel de desempeño.

Ver “Resultados y Consecuencias.

Sistema de Reconocimiento

Regulado en la Ley N° 20.903 que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, considera un sistema de progresión por tramos conocido como “Carrera Docente”.

Participan docentes y educadoras/es de establecimientos que reciben financiamiento del Estado, es decir, municipales, servicios locales de educación pública, particulares subvencionados, administración delegada, jardines infantiles JUNJI, Integra, administrados vía transferencia de fondos y con convenio de administración delegada.

Considera dos instrumentos de evaluación:

  1. Portafolio (instrumento compartido con quienes rinden Evaluación Docente)
  2. Evaluación de Conocimientos Específicos y Pedagógicos (ECEP)

Los resultados del Sistema de Reconocimiento del Desarrollo Profesional Docente (Portafolio y ECEP), junto a los bienios declarados por el o la sostenedor/a y el tramo previo de el/la docente o educador/a resultan en la asignación de un Tramo de Desarrollo Profesional:

  1. Inicial
  2. Temprano
  3. Avanzado
  4. Experto I
  5. Experto II

Cada docente o educador/a debe rendir estos dos instrumentos cada cuatro años, salvo excepciones dispuestas en la normativa, y es obligatorio para los profesionales de la educación que, cumpliendo con los requisitos en el período convocado, se encuentren en los tramos Inicial y Temprano.

Ver “Resultados y Consecuencias.

¿Qué ocurre con docentes y educadores/as convocados por Evaluación Docente y Sistema de Reconocimiento?

Aquellos profesionales de la educación que se encuentran ejerciendo en establecimientos municipales y de servicios locales de educación pública, por regla general, participan de la Evaluación Docente y Sistema de Reconocimiento en forma simultánea; y, considerando que el instrumento Portafolio es compartido por ambos sistemas, deben rendir cinco instrumentos de evaluación en el período que son convocados/as: 

  1. Autoevaluación
  2. Evaluación por Par
  3. Informe de Referencia de Terceros 
  4. Portafolio (que tributa a ambos sistemas) y
  5. Evaluación de Conocimientos Específicos y Pedagógicos (ECEP)

Por tanto, estos/as docentes y educadores/as obtienen dos resultados en el mismo período evaluativo:

  1. En Evaluación Docente: un nivel de desempeño (Destacado, Competente, Básico o Insatisfactorio)
  2. En Sistema de Reconocimiento: un Tramo de Desarrollo Profesional (Inicial, Temprano, Avanzado, Experto I o Experto II)