Causales de suspensión/eximición

Los y las profesionales de la educación tienen la posibilidad de suspender o eximir su proceso de reconocimiento siempre que cumplan con las causales establecidas en los artículos N° 34 y 35 del Decreto N° 339, de 2018, del Ministerio de Educación, que reglamenta el Sistema de Reconocimiento, estos son:

Si usted fue inscrito/a por su sostenedor/a para participar del Sistema de Reconocimiento 2025, puede elevar una solicitud de suspensión o eximición durante el periodo de elaboración del Portafolio, es decir, entre el 8 de julio y el 10 de noviembre de 2025.

La solicitud se realiza exclusivamente en la plataforma DocenteMás, accediendo con su ClaveÚnica, y es aceptada o rechazada por su sostenedor/a o encargado/a de evaluación, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

Como resultado, si la suspensión o eximición es aprobada, no deberá rendir los instrumentos del Sistema de Reconocimiento 2025, siendo convocado/a nuevamente en el próximo periodo que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa para participar del proceso evaluativo.

Si es rechazada, el o la profesional de la educación deberá seguir rindiendo su Portafolio 2025 y validar sus datos para rendir la ECEP.

Preguntas frecuentes

Le invitamos a revisar preguntas frecuentes de este proceso, también disponibles en el Centro de Ayuda DocenteMás.

Las causales que los/as profesionales de la educación pueden invocar para solicitar la suspensión de su proceso evaluativo por Sistema de Reconocimiento están indicadas en el artículo N° 35 del Reglamento Sobre Sistema de Desarrollo Profesional Docente (Decreto N° 339 de 2018). Estas causales son:

  • Caso fortuito o fuerza mayor.
  • Traslado de establecimiento o de curso, con fecha posterior al 30 de abril del año de la Evaluación.
  • Contar con permiso sin goce de remuneraciones superior a tres meses, otorgado por el sostenedor, causal que no podrá interponer al año siguiente.
  • Encontrarse realizando actividades de formación profesional fuera del territorio nacional, autorizadas por el sostenedor, durante el período de elaboración de evidencias de evaluación.

La causal que los/as profesionales de la educación pueden invocar para solicitar eximirse de su proceso evaluativo por Sistema de Reconocimiento está indicada en el artículo N° 34 del Reglamento Sobre Sistema de Desarrollo Profesional Docente (Decreto N° 339 de 2018):

  • Por haber transcurrido menos de cuatro años desde su última resolución de reconocimiento de tramo.

La solicitud de suspensión se presenta a su sostenedor/a o encargado/a de evaluación a través de la plataforma DocenteMás ingresando con su ClaveÚnica.
Una vez dentro de su ambiente privado de la plataforma DocenteMás, debe dirigirse al menú y presionar la opción “Eximir o Suspender”, donde debe seleccionar la causal de “Suspensión” que corresponda a su caso y adjuntar los documentos necesarios si corresponde.
Luego de esto es necesario que su sostenedor/a o encargado/a de evaluación apruebe o rechace la solicitud.

La solicitud de eximición se presenta a su sostenedor/a o encargado/a de evaluación a través de la plataforma DocenteMás ingresando con su ClaveÚnica.
Una vez dentro de su ambiente privado de la plataforma DocenteMás, debe dirigirse al menú y presionar la opción “Eximir o Suspender” donde debe seleccionar la causal de “Eximición” que corresponda a su caso y adjuntar los documentos necesarios si corresponde.
Luego de esto es necesario que su sostenedor/a o encargado/a de evaluación apruebe o rechace la solicitud.