¿Quiénes se evalúan en establecimientos Particulares Subvencionados y de Administración Delegada?
Los requisitos para que un docente o educador/a de establecimientos particulares subvencionados y administración delegada participe del proceso evaluativo son:
- Contar con horas aula reflejadas en SIGE y ejercer en alguna de las agrupaciones o asignaturas que corresponde evaluar en el periodo en curso con la cantidad de horas mínimas consignadas en el marco curricular correspondiente.
- A partir de 2025, y de acuerdo con el artículo vigésimo tercero y vigésimo quinto de la Ley N° 20.903, todos los establecimientos particulares subvencionados y de administración delegada están obligados a participar del proceso evaluativo para ingresar a Carrera Docente en 2026. Sin embargo, y en coherencia con la gradualidad de este ingreso, la evaluación de docentes o educadores/as que se desempeñan en este tipo de establecimientos se realiza por agrupaciones que aumenta año a año hasta llegar a la totalidad al cabo de tres años. Dichas agrupaciones son fijadas por resolución exenta que se publica cada año y se explican en la siguiente tabla
Escriba el RBD de su establecimiento (sin guion ni dígito verificador)
Ejemplo: Si su RBD es 8066-1, solo ingrese 8066.
Para conocer qué agrupaciones y asignaturas se evalúan en cada establecimiento específico, revise a continuación si el RBD fue seleccionado para participar del proceso evaluativo y en qué año se evalúa cada agrupación.